Algunos de nuestros clientes nos preguntan qué hacer cuando quieren dejar en vida sus bienes. ¿Cómo hacerlo? ¿De qué forma es más beneficioso? ¿Cómo evitar problemas en el futuro?
Viviendas que se quieren regalar, empresas que pasan de padres a hijos, fincas que se quieren repartir. La forma de hacerlo es de dos maneras:
- Por compraventa
- Por donación
La DONACIÓN es un contrato a TÍTULO GRATUITO, es decir que no hay remuneración ni contraprestación por la cesión del bien.
LA COMPRAVENTA es a TÍTULO ONEROSO porque media una contraprestación económica a quien se le cede.
En ambos casos, son contratos y por tanto con derechos y obligaciones para las partes y ambas han de ser formalizadas en Escritura ante Notario y debidamente Registradas.
Lo cierto es que en la pregunta que te hacen, lo que prima es la intención de reducir costes, sobre todo fiscales: Donaciones, plusvalías, Renta y Transmisiones Patrimoniales.
Por tanto, ¿qué es mejor?
Pues depende, no es tan sencillo.
La compraventa beneficia a quien recibe el bien
Porque el comprador tiene que pagar Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pero el que vende tiene que pagar doblemente, la Plusvalía Municipal y la Plusvalía en renta por el incremento patrimonial.
A quien otorga le conviene siempre una donación
La tributación por donaciones «supone, una tributación notablemente inferior a la de la compraventa, pero siempre dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se resida a que se aplica la legislación de la región en la que se ubique el inmueble.
Aunque para el donante pueda ser inicialmente más ventajosa una donación, «muchos contribuyentes se encuentran con la sorpresa de que deben abonar también lo correspondiente a ganancia patrimonial», explica Begoña Villacís, de Legálitas. Se refiere esta experta fiscal a que el donante de un bien deberá liquidar la correspondiente ganancia patrimonial en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como si se tratase de una compraventa.
En algunas regiones, como Madrid, Valencia, Cantabria o La Rioja, el Impuesto de Donaciones está prácticamente exento. En País Vasco y Navarra no existe este tributo, gracias a su régimen foral. Pero en el resto de comunidades, los beneficios fiscales no son tan ventajosos para las donaciones. Quien recibe ha de pagar en primer lugar el Impuesto de donaciones, que en algunas Comunidades es bastante alto.
No hay que olvidar que en todo caso y ya se opte por la compraventa o por la donación, se han de valorar los bienes, ya que estos valores en ocasiones no se saben.
Para evitar “sustos”, lo mejor es encargar una tasación a un Agente de la Propiedad Inmobiliaria que son Peritos expertos.
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Buenos días, tengo una consulta:
Soy propietaria al 50% con un primo de dos fincas rústicas de muy poco valor. Lo que queríamos era quedarnos uno con cada una. Como podemos hacerlo sin pasar por el notario y hacer una escritura de compraventa?
Hola Yolanda
Podéis venderos cada uno el 50% de cada una de las fincas respectivamente,( el 50% de la propiedad indivisa”),de modo que adquiráis una finca y otra en su totalidad y lo podéis hacer mediante contrato de compraventa privado poniendo un precio.
El hecho de no elevarlo a Publico ante Notario y no Registrarlo, es que este hecho de la venta no tiene efectos frente a terceros y queda en el ámbito privado, de modo que frente a terceros seguis siendo dueños ambos de las dos al 50%.
Buenos días,tengo una consulta,yo vivo en una casa de vecino en rota,(cadiz),no se ha hecho una división horizontal,sin comunidad ,hay 13 viviendas con diferencia en m2,yo soy el que menos m2 tiene y me dicen desde hace mucho tiempo que tengo que pagar todos por igual,no se todavía si eso es así,o no.
Hay una diferencia de 5 a 1 en m2.
Muchas gracias por todo,me haréis un gran favor si me aclaráis esto
Hola Fernando, cuando dices que vives de vecino, ¿te refieres a que estás alquilado? ¿qué es lo que pagas por igual al resto?
Buenos dias,soy propietario como casi todos los que viven,pero el hecho es que cada vez que se hace algo yo pago por igual a todos los vecinos,no siendo iguales las partes donde se viven.
Es una casa de vecinos,quieres decir que vivimos 13 familias en la misma parcela cada uno con sus escrituras mas o menos.
gracias
Hola Fernando, si , lo justo sería pagar por coeficiente, pero para eso hay que tener hecha la División Horizontal de la finca.
Muchas gracias,por su pronta respuesta,me han comentado que si no esta hecha la comunidad se debe de respetar la ley como si se hubiera constituido.
Y por esa regla de tres creo en mi modesta opinión hay que hacer cumplí la ley,si es así claro.
Una cuestión mi suegra le donó a su hijo una de las viviendas,se pagaron todos los impuestos y se puso a su nombre. Esta vivienda entra en la herencia una vez que fallezca a la hora de calcular la legítima.
Hola Angeles, si, las donaciones en vida entran en el reparto de la legitima.
Buenos dias: tengo una consulta. Hace 11 años mi ex y yo adquirimos una vivienda la cual aun estamos pagando a la Caja Rural. Debido a que en este momento me encuentro insolvente y con un atraso considerable en mis cuotas, decidi darle en donaciónami ex mi parte y los años que he pagado conel fin de que él se siga haciendo cargo del valor total del piso. Me pide que hagamos una compraventa x donación y quisiera saber en que gastos yo tendria que incurrir. Mil gracias. X su atencion
Hola Cruz, en principio los gastos de la donación deberían de ir por cuenta del donatario, o sea tu ex en este caso, pero ojo por que en tu próxima declaración de la reta tendrás que declarar el incremento patrimonial como si hubieras vendido y tuvieras el importe de tu 50%, por el precio declarado en la donación.
Buenos dias: tengo una consulta. Hace 11 años mi ex y yo adquirimos una vivienda la cual aun estamos pagando a la Caja Rural. Debido a que en este momento me encuentro insolvente y con un atraso considerable en mis cuotas, decidi darle en donaciónami ex mi parte y los años que he pagado conel fin de que él se siga haciendo cargo del valor total del piso. Me pide que hagamos una compraventa x donación y quisiera saber en que gastos yo tendria que incurrir. Mil gracias. X su atencion