Acceder a una hipoteca en estos tiempos de crisis sanitaria se ha vuelto “misión imposible” para muchas familias, las tasadoras ahora pueden valorar no solo por el método de comparación que es el que habitualmente se utiliza para obtener el valor en venta de una vivienda, por tanto los valores de tasación están cayendo y esto junto con la ausencia de ahorros de la mayoría, esta dificultando extraordinariamente el acceso a un préstamo hipotecario, por ello se avecinan tiempos de rebajas en la compra de viviendas.

Pero hablemos del alquiler.

Ante esta disyuntiva muchos están optando por el alquiler, pero en estos momentos no esta exento de riesgos ya que a la gran cantidad de personas actualmente en el ERTE y la disminución del poder adquisitivo de muchos con sus negocios cerrados, cerciorarse de que un inquilino sea solvente se vuelve complicado.

Para comprobar la solvencia, aparte de pedir el contrato de trabajo, la declaración de renta del año anterior,  las ultimas nóminas, si es indefinido o temporal o si es autónomo (en cuyo caso habrá que pedir las declaraciones de IRPF y de IVA), también es fundamental comprobar si este tiene deudas pendientes.

Pero son tiempos de incertidumbre y muchos propietarios optan por solicitar garantías adicionales a la fianza obligatoria que ha de ingresarse en el caso de Madrid en el IVIMA.

A partir de la aprobación del Real Decreto LEY 7/2019, las garantías adicionales no pueden superar las dos mensualidades de renta, lo cual para muchos puede ser un problema si el cálculo de los perjuicios que se puedan ocasionar supera dicho importe.

Soluciones

Para solventar este problema se puede contratar un seguro de alquiler que garantice al propietario el cobro de la renta en caso de impago del inquilino y cubra los daños que pueda ocasionar el arrendatario en el inmueble.

Otra alternativa sería aumentar el plazo del alquiler a mas de cinco años, ya que si por ejemplo el contrato es de seis años, se pueden pedir más garantías de dos mensualidades.

Otra opción es que el inquilino presente a un avalista o fiador solidario de solvencia.

Pero sigo teniendo “miedo” ante un posible rebrote del COVID19…. ¿qué más puedo hacer?

Podemos establecer alguna claúsula, sobre todo en locales, que establezca que si al inquilino le sobreviene alguna situación grave, cuáles serían las medidas a adoptar para facilitar al inquilino el pago de la renta, como por ejemplo: el derecho del inquilino a obtener una reducción en el pago de la renta de 1 ó 2 meses abonando el resto aplazado y esto teniendo en cuenta que en estos momentos y en un futuro próximo la posibilidad de que un desahucio prospere ágilmente va a ser materialmente imposible dado el atasco de la justicia en estos momentos complicados.

Por tanto hay que seleccionar muy bien al inquilino para evitar problemas futuros, así lo estamos haciendo nosotros en Apimonteleon buscando siempre la tranquilidad de nuestros clientes.

Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.