Si acabamos de comprar un inmueble, y no hemos necesitado financiación, podemos encargar la gestión a una gestoría o realizar nosotros mismos todos los trámites necesarios hasta la inscripción del mismo en el Registro de la Propiedad.
La gestoría suele cobrar entre 250 € / 300 € aproximadamente, y ese es el importe que podemos ahorrarnos si tenemos tiempo y queremos hacerlo solos.
1.- Una vez firmada la escritura en la Notaría, hay que abonar los honorarios de la misma, y ya podremos recoger el título más una copia simple.
2.- Hay que liquidar el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales): cuyo importe es el 6% el precio de compra. El plazo de presentación es de 30 días hábiles, incluidos los sábados, a contar desde el primero en que se haya formalizado la compraventa.
Cómo podemos hacerlo: mediante la autoliquidación del Modelo 600 y anexos, acudiendo al servicio de ayuda para la elaboración de la declaración tributaria a Hacienda de la Comunidad de Madrid, sita en el Paseo del general Martínez Campos, 30 – 28010 de 9 a 14,30 de lunes a viernes, o mediante el programa de envío telemático de la página web de la Comunidad.
3.- Preparar la documentación siguiente:
- Original y Copia Simple de la escritura
- Copia del NIF del sujeto pasivo
- Carta de pago del modelo 600
4.- Realizar el pago en alguno de los bancos autorizados, junto con toda la documentación, para su posterior envío a Hacienda por parte del Banco.
5.- Llevar la escritura de compra junto con la carta de pago al registro de la propiedad que corresponda: podremos localizar nuestro registro en la web www.registradores.org.
6.- Una vez registrada, para lo cual el registro tiene un plazo de dos meses, recogerla previo abono de los honorarios de inscripción.
LISTO, ya hemos terminado nuestro trámite y por lo tanto ya está inscrito en inmueble a nuestro nombre.
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Necesito saber si se pueden escriturar junto con el importe de compra de un inmueble, los gastos de la reforma necesaria. Lo venden por debajo del valor mínimo establecido por Hacienda, por estar totalmente destrozado el interior, y quiero evitar reclamaciones posteriores por parte de Hacienda por el importe del ITP. Muchas gracias por su ayuda.
Si se compra un piso de segunda mano que necesita mucha reforma, ¿se puede escriturar por el importe de la compra más el de la reforma?. Muchas gracias por su ayuda
Hola Eloisa, no, el precio de escrituración debe de ser el real, el de compra, otra cosa es que quieras liquidar los impuestos por el valor mínimo que marque la Comunidad donde radique el inmueble.
Me parece muy interesante