En los últimos años, la ocupación ilegal de viviendas —más conocida como «okupación»— ha sido un tema de creciente preocupación social y política en España.
¿Qué es un okupa?
El término “okupa” (con “k”, a modo de distinción simbólica del verbo “ocupar”) se utiliza en España para referirse a una persona que entra y permanece en una vivienda ajena sin tener ningún título legal que lo autorice —es decir, sin contrato de alquiler, sin escritura de propiedad, ni permiso del titular—.
La ocupación puede producirse de diferentes formas:
- Ocupación de viviendas vacías (muchas veces de bancos o entidades públicas).
- Intrusión en propiedades privadas habitadas o deshabitadas (como segundas residencias o viviendas heredadas).
- A menudo, los okupas acceden sin violencia, forzando cerraduras o entrando por ventanas abiertas, lo que se encuadra como usurpación y no como allanamiento de morada (que es más grave penalmente).
Aunque algunos movimientos sociales defienden la ocupación como una forma de protesta frente a la especulación inmobiliaria, desde el punto de vista legal, la okupación es una infracción, y los propietarios tienen derecho a recuperar su vivienda por vía judicial.
Una de las preguntas más frecuentes entre los propietarios afectados es si están obligados a seguir pagando los suministros de agua, electricidad o gas mientras su vivienda está siendo ocupada sin consentimiento. La respuesta, en términos generales, es no.
En marzo de 2025, la Audiencia Provincial de Barcelona acordó que cortar los suministros básicos (agua, luz, gas) en viviendas ocupadas ilegalmente no constituye un delito de coacciones en esa provincia. Este cambio permite a los propietarios, bajo ciertas condiciones, solicitar a las compañías suministradoras la baja de los servicios en viviendas ocupadas ilegalmente, sin incurrir en responsabilidades penales.
Sin embargo, como ocurre con muchos asuntos legales, hay matices que conviene conocer.
¿Están los propietarios obligados a pagar los suministros de los okupas?
Cuando una vivienda ha sido ocupada ilegalmente, surgen muchas dudas, y una de las más frecuentes es si el propietario debe seguir pagando los suministros de agua, electricidad o gas. La respuesta legal y general es NO.
¿Por qué no están obligados?
- Los okupas no tienen ningún vínculo contractual o jurídico con el propietario, por lo tanto, no pueden reclamarle el mantenimiento de servicios que no están autorizados para usar.
- Los contratos de suministro están a nombre del titular de la vivienda, pero eso no genera una obligación de seguir pagando si la casa ha sido ocupada.
El propietario puede dar de baja los suministros, pero debe hacerlo por vía administrativa con la empresa suministradora, no cortarlos directamente, como veremos a continuación.
¿Pueden los propietarios cortar los suministros?
Este es un punto muy delicado. Aunque el propietario no tiene que pagar, no puede cortar los suministros por su cuenta, ya que la ley podría interpretar esta acción como un delito de coacciones, tipificado en el artículo 172 del Código Penal.
Esto significa que:
- No se deben cortar los suministros directamente (por ejemplo, bajar los plomos o cerrar la llave del agua).
- Lo correcto es notificar a la compañía suministradora la situación y solicitar la baja del contrato por ocupación ilegal, aportando la denuncia correspondiente o el procedimiento judicial en curso.
¿Y si los okupas contratan los suministros a su nombre?
En algunos casos, los okupas logran contratar electricidad o agua utilizando documentos falsos o empadronamientos irregulares. Aunque eso no convierte su estancia en legal, puede complicar la situación para el propietario. Aun así, esto no le genera ninguna obligación de pago.
Recomendaciones para propietarios
- No cortar los suministros por cuenta propia: Evitar acciones directas que puedan ser consideradas coacciones.
- Solicitar la baja de los suministros: Contactar con las compañías suministradoras y presentar la denuncia de ocupación ilegal como justificación.
- Denunciar la ocupación inmediatamente ante la Policía o Guardia Civil. Presentar una denuncia ante las autoridades para iniciar el proceso judicial correspondiente. Iniciar un proceso de desahucio cuanto antes (por precario o por usurpación).
- Consultar con un abogado especializado: Obtener asesoramiento legal para garantizar que todas las acciones se realicen conforme a la ley.
Estos cambios representan un avance en la protección de los derechos de los propietarios frente a la ocupación ilegal de viviendas. Sin embargo, es fundamental actuar dentro del marco legal y contar con asesoramiento profesional para evitar posibles complicaciones.
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