¿Quién debe pagar la tasa de basura, oficialmente llamada Tasa por prestación del servicio de gestión de Residuos Urbanos?
Esta pregunta nos la hacen a menudo nuestros clientes, tanto los arrendadores como los arrendatarios, dado que se suscita controversia al equipararlo al IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles).
Pero lejos de este impuesto, que sólo tiene en común con la tasa de basuras que lo recauda el Ayuntamiento, la tasa de basura le corresponde pagarla al inquilino por ser “el sujeto que disfruta del piso”. “Es el que hace el uso y se beneficia del servicio por lo que es quien tiene que responsabilizarse de su pago”.
Esta nueva tasa ha enfrentado a propietarios con inquilinos porque ninguno quería hacerse cargo de ello, así que para resolverlo habría que acudir a la ley general tributaria en su artículo 2.2 a) junto con el artículo 36.2 de la misma ley que indica que corresponde a la parte arrendataria el pago de la tasa municipal de recogida de basuras, por tanto atendiendo a la ley que regula la materia de tasa de basuras de forma especial, los arrendatarios serían los obligados tributarios como ocupantes de la vivienda y beneficiarios de la prestación del servicio municipal de recogida de basuras.
Otra cosa distinta es quien es el sujeto pasivo de esta tasa frente al Ayuntamiento, que obviamente es el propietario del inmueble, y es quien responde del pago, como no podía ser de otra forma.
En resumen, según las leyes y artículos vistos, el arrendatario es el encargado de asumir esta tasa, no impuesto, por ser el que la genera.
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Pues me parece una injusticia, pues si yo alquilo un local y el inquilino monta un restaurante, con lo que la tasa de Basuras pasa de costar 159€. a 1.400€.no acabo de ver justo que sea yo el sujeto pasivo de un impuesto de un negocio que no es mío, por la misma regla de tres me podrian cobrar el IVA de la actividad, si el empresario no lo paga, como me ha pasado a mi con la tasa de Basura, encima de no cobrar el alquiler regularmente he tenido que pagar la Basura,…así vamos, porque no cobra directamente la administración a quien dan el servicio de recogida de basura, que es el que la genera en su negocio.
Es muy fácil cargar el muerto a los propietarios del local, a nosotros nos tienen bien cogidos por los ……, perdón.Salud para todos, que es lo principal.
Hola Miguel, el impuesto de basuras no variaba por que el local estuviera abierto o no, sino que era el mismo; de todas formas, afortunadamente este impuesto ya ha desaparecido, así que de momento no tenemos que preocuparnos por él.
Habrá desaparecido en Madrid, lo que es en Mallorca seguimos pagando la tasa de Basuras, y como ya dije para un local comercial u oficina, cuesta casi diez veces menos que para un Restaurante y la verdad no me parece justo que el sujeto pasivo sea el propietario del local y no el propietario del negocio de restaurante.Saludos cordiales.
Buenos días Miguel, desconocemos el sistema de Mallorca, dado que es un impuesto municipal del Ayuntamiento de cada localidad; en Madrid, al menos ha desaparecido.
Sobre la justicia o injusticia de los impuestos, lamentablemente no afecta a su pago.