En el post anterior hablábamos de los proindiviso, bienes que son propiedad de más de una persona, perteneciendo a cada una de ellas una parte o un porcentaje de dichos bienes.
Los posibles problemas que puede ocasionar un proindiviso son:
QUE LOS DEMÁS COPROPIETARIOS SE OPONGAN A LA VENTA
Normalmente el cónyuge en caso de matrimonio o los herederos en caso de herencia. Lo cual puede causar muchas molestias y retrasos en la división de la cosa común.
LA SOLUCIÓN es agotar todas las vías amistosas y administrativas y, si continúa la negativa, presentar el caso ante los juzgados. Siempre se pondrá en valor la necesidad de dividir el bien antes que la negativa de una de las partes a hacerlo.
Y antes de ir al juzgado no hay que descartar la posibilidad de que la parte que desea vender ponga a disposición del resto su parte del bien, para que estos la compren al precio tasado, si lo consideran conveniente.
QUE LA COSA NO SEA DIVISIBLE
El caso más habitual de todos es la indivisibilidad jurídica, que sucede por ejemplo cuando un solar pertenece a más de una persona en comunidad. En este supuesto, si son muchos los copropietarios, es probable que al dividir de forma efectiva el bien este se quede inservible, debido a que las parcelas resultantes tendrían unas dimensiones por debajo de lo que sería necesario para su explotación.
LA SOLUCIÓN más habitual a este supuesto es la venta mediante subasta, aunque, como en el caso anterior, también es posible que se alcance un acuerdo por compensación entre todos los copropietarios.
QUE EL VALOR DEL BIEN NO SEA EL ESPERADO
Este caso se da sobre todo en las herencias, muchas veces no se tiene en cuenta que el valor del bien es el que vale en el mercado en el momento de la ejecución o de la división.
LA SOLUCIÓN: lo mejor es encargar a un perito experto e independiente que valore, en el momento presente, cuál es el valor concreto de la propiedad o propiedades.
En base a ello, se establecerán las cuotas de cada miembro de la comunidad de bienes, quedando todo ello reflejado en documento oficial.
QUE HAYA HIPOTECA SOBRE LOS BIENES COMUNES
LA SOLUCIÓN: que se encarguen de saldar la deuda los copropietarios del bien, de forma conjunta y en función de la cuota que a cada uno le corresponda.
Que se proceda a la venta y que el comprador acceda a hacerse cargo de la deuda, a cambio de la correspondiente rebaja en el precio del bien.
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