Los jóvenes la mayor parte de las veces no cuentan con el dinero suficiente para afrontar la entrada o conseguir el préstamo hipotecario que necesitan para la compra de una vivienda. Tal como están las cosas, es cada vez más frecuente que los padres quieran ayudar a sus hijos a independizarse y adquirir su propia vivienda, para lo cual se plantean facilitar el dinero a sus hijos y que puedan acceder a la compra.

La cuestión es, si lo que quiero como padre es hacer un préstamo a mi hijo, ¿puedo hacerlo? ¿Y que implica?.

La respuesta es sí. Se trataría de un préstamo entre particulares, que es la operación mediante la cual una persona(prestamista) entrega una cantidad de dinero a otra (Prestatario) a cambio de que este último reembolse ese dinero, más los intereses que se pacten entre las partes en un plazo determinado.

Como en este préstamo no interviene ninguna entidad bancaria, es de libre pacto siempre y cuando los acuerdos no sean contrarios a la Ley, la moral y el orden público.

¿Qué debe de contener el contrato de préstamo entre particulares?

  • La identificación de las partes.
  • Fecha de firma.
  • La cantidad de dinero que se presta.
  • Plazo y forma de amortización.
  • Opcionalmente los intereses pactados.

Habitualmente entre familiares no se suelen cobrar intereses, de hecho, en un préstamo entre particulares no es obligatorio que generen ni intereses ni comisiones.

Este tipo de contrato privado no necesita elevarlo a Escritura Publica ante Notario.

¿Cómo tributa un préstamo entre particulares?

Este tipo de contrato esta exento de pago, pero si no quieres problemas con Hacienda, hay que presentar la liquidación de ITP (Impuesto de transmisiones Patrimoniales) y AJD (Actos Jurídicos documentados) aunque este exento de tributar, acompañándolo del contrato de préstamo en un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato.

¿Cómo afecta en mi declaración de IRPF?

  • Si el préstamo no genera intereses no tendrá nada que declarar, ya que no hay ganancia patrimonial para ninguna de las partes.
  • Si el préstamo genera intereses, entonces hay que liquidar los rendimientos de capital mobiliario en el IRPF.

¿Cuándo prescribe un préstamo entre particulares?

El plazo de prescripción de la deuda es de cinco años. Pasado ese tiempo no podrá reclamarse y se requiere de:

  • Que el acreedor no haya reclamado el capital
  • Que el deudor no haya reconocido la deuda existente.

Si te ha resultado útil este artículo puedes suscribirte al blog y seguirnos.
www.apimonteleon.com

Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.