Este es un tema peliagudo, del cual se ha hablado mucho, sobre todo en los últimos años, debido a la tremenda crisis que nos afecta. Pero en este caso nos gustaría ver la otra cara de la moneda, y contaros dos casos que conocemos de cerca en los que la crisis se está cebando con los propietarios de las viviendas.
Primer caso: Una persona compra para uso propio en el año 2007 un piso de dos dormitorios, de unos 60 mts aproximadamente, en la zona del Puente de Vallecas, dando un 20% de entrada y pagando el resto mediante un préstamo hipotecario del 80% del valor del piso, el cual tiene que ir pagando a razón de cuotas de 700 € mensuales, durante 25 años, o sea algo bastante habitual.
En el año 2010 esta persona pierde su empleo, y tras cobrar el paro durante dos años, y no poder encontrar otro empleo, piensa en vender la vivienda, pero obviamente los precios han caído en picado, y el valor de mercado actual está muy por debajo de la deuda que tiene con el banco, por lo que al no poder afrontarla, y con 45 años de edad, no le queda más remedio que alquilar su vivienda y pedir a un hermano menor con familia, y serios problemas económicos, que le acoja en su casa, dado que además sus padres no viven. La renta que obtiene por el piso a duras penas cubre el importe de la hipoteca, así que recurre a hacer “trabajos eventuales” para poder completar la cuota y hacer frente a los gastos de Comunidad, IBI, tasa de basuras, etc., con lo que al final de mes no le llega ni para su manutención. Ha intentado hacer una dación en pago con el Banco, renegociar la cuota, etc., todo en vano, el banco se niega y le da continuas largas.
Para colmo, el inquilino de la vivienda también se ha quedado en el paro, no paga la renta y dice que no tiene donde ir. El propietario le ha demandado por falta de pago y el juzgado a pasar de darle la razón pospone el desahucio por la situación precaria del inquilino. Así que ahora los problemas del propietario que estaba haciendo todo lo posible por pagar sus deudas, han empeorado aún mas, ya que debe varias cuotas al banco, mas lo intereses, y no puede alquilar su vivienda por que la justicia retrasa el desahucio y ampara al inquilino que no paga la renta.
Segundo caso: Una pareja, mileuristas los dos, que trabajan y viven de alquiler en Madrid, han conseguido ahorrar a lo largo de su vida laboral una cantidad suficiente para la compra de una vivienda, a las afueras de Madrid, relativamente barata, con ayuda de algunos familiares, con el fin de alquilarla y tener una pequeña renta que les ayude en el pago de su alquiler y como medio de ahorro para el futuro.
A los dos años, primero uno de ellos y después el otro, pierden su empleo, por lo que la pequeña renta que perciben por el apartamento alquilado pasa a ser fundamental para poderse mantener.
De repente sus inquilinos, que han tenido gemelos, dejan de pagar la renta, y siguen ocupando el piso, a pesar de tener familia en la ciudad que podría acogerles, aunque claro, esto resulta “incómodo” para ellos, y de nuevo, el juzgado correspondiente, por motivos humanitarios decide posponer reiteradamente el desahucio, en perjuicio de la propiedad.
Y como estos casos, conocemos muchos más en los que la propiedad no es un banco ni una empresa muy solvente, que viven y necesitan la renta que obtienen por sus inmuebles, y que la política de retrasar los desahucios les perjudica enormemente, hasta llegar a ponerles en situaciones límite.
Y lo que muchos nos preguntamos es lo siguiente. Si verdaderamente hay una situación humanitaria ¿Quién debería hacerse cargo? ¿Quién se para a ver la precaria situación del propietario? ¿Y si la propiedad está peor que el inquilino? Todas estas preguntas las dejamos para que cada uno reflexione lo que estime conveniente.
Maria Itxaso Matas Mínguez
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