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Sanciones a los propietarios de inmuebles por carecer de certificado energético

Obligados desde el 1 de junio, casi todas las sanciones recaen sobre el propietario:

Sanciones leves (de 300 a 600 €)

  • Anunciar la venta o el alquiler en inmobiliarias u otros medios sin hacer mención a la calificación energética del inmueble.
  • No renovar el certificado cuando caduque. La validez máxima es de 10 años.

Sanciones graves (de 600 a 1.000 €)

  • Vender un inmueble sin entregar al comprador el certificado en vigor, o alquilar sin mostrárselo al arrendatario .
  • No registrar el certificado en el órgano competente de la Comunidad autónoma.
  • Mostrar una etiqueta que no se corresponda con el certificado real.

Sanción muy grave (de 1.001 a 6.000 €)

  • Publicitar la venta o alquiler de un inmueble con una certificación sin tener realmente un certificado energético o teniendo uno que no esté en vigor.
  • Falsear la información en la fase de registro del certificado

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Maria Matas

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  • Debido a que las sanciones no son cosa de broma, y que esta nueva normativa ha hecho que muchas empresas le vean la manera de conseguir dinero rápidamente, hay que tener cuidado y elegir una empresa de calidad que te de el documento sin cobrarte un precio desorbitado.

  • Así es de momento, lo que no significa que ante el afan recaudador de la administració, en cualquier momento empiecen a multar sin previo aviso.

  • Hola. Efectivamente las multas ya están designadas, pero desde la administración -que yo conozca- no se están aplicando...Por lo que la Ley tiene poca efectividad, seguimos con el país de "pandereta".

    Un saludo...Pau.

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