Permuta de la propiedad de vivienda o permuta del derecho de uso 

La permuta de vivienda es otra forma de adquirir la propiedad o el uso de un inmueble, sin recurrir a la compraventa, o intercambio de dinero por un bien.

Si alguien quiere cambiar su vivienda con otra persona puede hacerlo de forma definitiva, intercambiando la propiedad mediante un contrato de permuta. Un caso muy habitual es el  de permuta de un solar o local por una vivienda futura.

Los requisitos para este tipo de contrato es que los inmuebles sean del mismo valor, y si no fuera así, se entrega el dinero restante hasta la equivalencia, lo que se denomina permuta mixta. En este contrato se deberá reflejar el valor de los inmuebles y se recomienda acudir al Notario para formalizar la correspondiente escritura, pudiéndose después inscribir en el Registro de la Propiedad.

El impuesto asociado a este contrato es el mismo que en el caso de la compraventa, el ITP o impuesto de transmisiones patrimoniales, pero, teniendo en cuenta que es doble, es decir se paga por cada uno de los inmuebles.

Otro caso posible sería el de intercambio del derecho de uso, o usufructo, que sería una permuta de derechos reales o personales, que también puede hacerse mediante un contrato privado entre las partes, o elevarse a público en la Notaria si alguna o ambas partes  lo deciden.

En este caso solo se intercambia el uso de la misma, no la propiedad, y se puede pactar por un tiempo determinado, hasta el fallecimiento de las personas o por el tiempo de un hecho concreto, por ejemplo por un cambio de residencia temporal por trabajo, hasta la mayoría de edad de una persona, etc. Lo motivos igualmente pueden ser múltiples, pero concretos, y pueden formar parte del contrato o no.

Esta opción podría ser recomendable en el caso de que no se esté seguro del cambio y por ejemplo se quiera probar primero, o por una necesidad temporal. Igualmente requiere dejar muy claro cuáles serán los derechos y obligaciones de las partes, así como la posibilidad de rescisión del mismo y sus consecuencias.

En ambos casos conviene no dejar cabos sueltos y hacerlo bien, así que te recomendamos ponerte en manos de un profesional para que te asesore de la mejor forma posible.

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Maria Matas

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