Cualquier inquilino, puede necesitar contactar con su casero o arrendador por cualquier cuestión relativa a la vivienda, ya sea una avería, el pago de la renta, una reparación, un corte de suministros, o incluso para comunicar la rescisión del contrato de arrendamiento.

Pero ocurre a veces que el arrendador está ilocalizable y no contesta el teléfono, no lee los WhatsApp y no recoge los burofax enviados.

Esto se puede deber a diferentes motivos, ya sea porque está de viaje, enfermo, o simplemente no quiera recibirlos ni darse por notificado.

En este tipo de casos ¿Qué podría hacer el inquilino?

Pues bien, es importante en primer lugar ver que estipula el contrato con respecto a las formas y lugares de comunicación válidos entre las partes, ya que deberás ceñirte a ello.

Lo normal es que figuren los domicilios de cada una de las partes, que en el caso del arrendador suele ser su vivienda y en el caso del arrendatario la vivienda arrendada.

Este debería ser siempre un lugar válido de comunicación, la cual deberá realizarse por escrito mediante acuse de recibo y certificación del contenido del mismo.

También es recomendable incluir en el contrato las comunicaciones válidas tanto por correo electrónico como por whatsapp, ya que ambas están ya admitidas también por los juzgados, y son un medio de prueba válido.

Es importante guardar copia de todas y cada una de las comunicaciones realizadas, para tener la prueba frente a una posible reclamación.

¿Qué podemos hacer si el arrendador no quiere coger las llaves?

  1. Requerir al arrendador mediante burofax haciéndole el ofrecimiento de entrega de las llaves (estableciendo el lugar, día y hora de su entrega) con la finalidad de devolverle la posesión del inmueble. Ese día el inquilino puede estar acompañado con un par de testigos para demostrar a posteriori que el arrendador no acude a dicha cita.
  2. En caso de que no acuda, se le pueden enviar las llaves por correo certificado con acuse de recibo a su domicilio.
  3. Si se devuelven las llaves o se devuelve el correo certificado porque no lo recoja, se pueden consignar las llaves en una Notaría o bien mediante el correspondiente procedimiento de consignación de las llaves en el Juzgado.

Si se te diera este caso, asegúrate de que sigues todos los pasos para evitar una posible reclamación posterior.

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