Todo empieza como una compraventa y una firma tranquila, se firman las arras y al cabo de un mes la compraventa estaba lista, los papeles en orden ya habían sido enviados con casi un mes de antelación al banco y a Notaria, así como a los intervinientes. Se cierra fecha de firma en notaría. El vendedor esta tranquilo y el comprador ilusionado.

En Mayo la hipoteca está aprobada, y en junio se prevé la firma entre el 17 y el 20. Todo encaminado. O eso parecía… 

El 11 de junio, el banco me comunica un problema que puede paralizar toda la operación: “El pasaporte con el que el vendedor compró en 1988 no coincide con el actual. No basta con el NIE. La compraventa no podrá inscribirse en el Registro si no acredita que es la misma persona”. 

Y con eso, una operación inmobiliaria perfectamente estructurada estuvo a punto de caerse por un detalle burocrático entre dos pasaportes italianos emitidos con 30 años de diferencia.

El motivo el cliente vendedor es ciudadano italiano y aunque es residente comunitario permanente desde 1988 y funcionario del Estado con más de 35 años de servicio en la educación pública, ha renovado su pasaporte con los años, y su NIE no recoge en ningún lugar esa correspondencia entre el documento antiguo y el actual, ya que el NIE fue posterior a la compra de la vivienda que vende. 

El cliente se ve atrapado en una traba legal que ningún documento oficial podía resolver de inmediato. Solicitamos ayuda: Policía Nacional, Consulado Italiano…todos lo deniegan, el consulado se lava las manos y la Policía al final le facilita cita previa para emitir un Certificado en su caso que será “Certificado de Residente”.

Sin embargo el banco y la Notaria insisten que tiene que ser un Certificado de Concordancia, ( también con problemas de semántica, en fin…) , para que tanto la compraventa como la hipoteca se puedan inscribir en el Registro de la Propiedad que exige una certificación oficial de que ambos pasaportes corresponden a la misma persona, y sin ese documento se niegan a firmar la compraventa.

Los clientes vendedor y comprador empiezan a ponerse muy nerviosos y ahí es cuando realmente entra en juego el trabajo del agente inmobiliario, guardando la calma, con comunicación clara entre las partes, buscando soluciones no culpables, coordinar con los distintos intervinientes, banco, Notaria, abogados, lo que haga falta.

Finalmente decidí pedir cita directamente con el Registrador de la Propiedad. 
Le expliqué el caso personalmente, con toda la documentación en mano y entonces llegó la clave:

“Si presentáis un acta notarial en la que se identifique al vendedor, junto con un certificado catastral de titularidad, la inscripción será válida. El banco no podrá poner más pegas.”

Resultado: En 24 horas, organizamos todo, La notaría preparó el acta y el certificado catastral. Conseguimos que el banco aceptara y La operación siguió adelante.

Pero lo más irónico, es que días después, el propio cliente, movido por su frustración, logra conseguir en comisaría un certificado de residencia expedido por la Policía donde se reconoce claramente que su pasaporte antiguo corresponden a la misma persona que ostenta el NIE de residente. Es decir: sí se podía. Pero no quisieron hacerlo cuando más lo necesitábamos.

Esta experiencia me recuerda por qué nuestra labor va mucho más allá de mostrar viviendas. Porque vender una casa no es solo hacer visitas bonitas y firmar papeles. Es saber estar en los momentos difíciles. Es acompañar, mediar, resolver y si no estás dispuesto a darlo todo por tu cliente, no estás haciendo bien tu trabajo. Porque hay momentos en los que solo una cosa marca la diferencia: Tener a alguien que no se rinde cuando todo parece bloquearse. Y esa satisfacción, no la cambiaria por nada del mundo.

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