Respuestas a las dudas acerca del certificado energético para viviendas, locales y oficinas

Como ya os informamos en un anterior post a partir del 1 de junio ya es obligatorio que las viviendas, locales de negocios y oficinas que estén a la venta o en alquiler, cuenten con el Certificado de Eficiencia Energética suscrito por un técnico habilitado para tal efecto.

Nuestros clientes nos llaman a veces algo desconcertados sin saber muy bien qué hacer, estas son las dudas mayoritarias que nos plantean a las que respondemos:

Cuándo se necesita una Certificación Energética?

El certificado debe ser mostrado siempre que se tenga un bien para vender o alquilar (vivienda, local de negocio y oficina)

¿Quién paga la certificación?

La abona el que vende o el que alquila, es decir el propietario, que ha de aportar la certificación en la compraventa o en el alquiler

¿Si se compra un piso que requiere de reforma integral requiere de certificación energética?

Aquí hay varias opiniones, la ley no es clara y aunque la tendencia es interpretar que en este caso no se requiere de certificado y que este habrá de hacerse una vez se termine la reforma y que algunos Notarios están admitiendo condicionarla a la posterior reforma del inmueble, habrá que esperar a ver que dicen los Registradores de la propiedad a la hora de registrar las compraventas, si consideran que a pesar de la necesidad de reforma es obligado o no. Ante la duda, mejor tenerla, ya que pueden exigirla a la firma de contrato (alquiler o venta), los bancos cuando hay hipoteca de por medio así lo están haciendo independientemente de que requieran o no de reforma.

¿Y un edifico o casa de reforma integral?

No requiere de certificado.

Si tengo un piso en propiedad y no a la venta o un piso alquilado, ¿se tiene que hacer el certificado?

NO. Solo es necesario si la vivienda se pone a la venta o se hace un nuevo contrato de alquiler o renovación.

¿Quién puede hacer este certificado?

Los Arquitectos superiores, los arquitectos técnicos y los ingenieros.

¿Se puede vender un piso con letra G?

Por supuesto, esto solo indica que el G consume más que le de eficiencia A.

¿Un copropietario de un piso que debe comprar las otras partes de la copropiedad debe tener certificado?

Sí, cualquier transacción que requiera un contrato a de ir acompañada de un certificado.

Y si se trata de un constructor que levanta bloques enteros, ¿quién paga el certificado?

El propietario, cuando vaya a vender algún inmueble.

¿Qué pasa en las comunidades de vecinos?

Nada, solo están obligados aquellos vecinos que quieran vender o alquilar, no la comunidad de propietarios.

Si se alquila una casa en verano… ¿hay que hacer el certificado?

No, si el propietario justifica que la vivienda no está ocupada más del 25% del total del año.

Si después de hacer el certificado se hacen mejoras en la casa, ¿se debe hacer un nuevo certificado?

El certificado tiene vigor por diez años, pero si se hace una obra de rehabilitación de gran calado se requiere de otro nuevo. En caso de que sea una reforma pequeña, no.

Si el que vende es un banco… ¿está este obligado?

Sí, está obligado a adjuntarlo a la firma.

¿Los aparcamientos tienen que aportar el certificado energético?

No, no están obligados si no forman parte de la vivienda.

¿Qué precio tiene una Certificación Energética?

Los precios están alrededor de los 200 € pero hay muchas y variadas ofertas. Este es un tema un tanto escabroso, ya que se ha declarado una cierta guerra de precios, sobre todo porque algunas empresas ávidas de captar el nuevo negocio, se han lanzado al mercado “reventando precios”. Ojo! No todos son los certificados se hacen con la misma minuciosidad, incluso se han detectado falsos certicados, como podeis leer aquí.

Lo mejor es encargarlo a través de tu Agencia de confianza, en Apimonteleon hemos seleccionado entre muchas ofertas a aquellos que están ejecutados por profesionales acreditados (arquitectos, aparejadores e ingenieros) que redactan un informe exhaustivo acudiendo “in situ” al inmueble y así lo estamos ofreciendo a nuestros clientes.

Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.

Mar Yañez

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  • En el proyecto de aprobación del certificado energético se establecían algunas excepciones en favor de determinadas edificaciones. ¿Se han incorporado a la regulación definitiva?. ¿Todas, algunas o ninguna?

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