¿Qué es un Loft? Ventajas y desventajas según nuestra legislación

La palabra Loft, que se traduce por desván, galería o almacén, es un anglicismo que se generalizó durante la época del boom inmobiliario, para dar salida a lo que en realidad es:

Un aprovechamiento doméstico de un espacio calificado como de uso industrial o comercial.

Tiene su origen en Nueva York en los años 50; debido a los elevados precios de los alquileres en la ciudad, algunos estudiantes y artistas empezaron a usar este tipo de espacios para trabajar y vivir en ellos, y se caracterizaban por ser espacios grandes y diáfanos con pocas divisiones, los cuales poco a poco fueron poniéndose de moda, y convirtiéndose en un producto de alto standing.

Algo parecido ocurrió en nuestro país durante el boom inmobiliario: las ciudades empezaron a crecer rápidamente y se construía sin límite, dado que todo se vendía; de esta manera, edificios que por el Plan General de ordenación urbana no podían tener la licencia de vivienda, se adecuaban como espacios mixtos que tuvieran los dos usos.

Obviamente uno pensará que mientras esté adecuado al uso destinado, vivienda por ejemplo tendría que dar igual si es un local o no, pero hay que tener en cuenta que sí tienen ciertas diferencias administrativas con un inmueble con Cédula de habitabilidad de vivienda.

Uno de los más importantes, es que los bancos no nos financiarán más del 60% del precio de compra, a diferencia de una vivienda que fácilmente nos darán al menos el 80%.

Si lo vamos a alquilar, hay que tener saber que según la LAU, es un inmueble distinto al de vivienda, y por lo tanto habrá que arrendarlo con IVA y las retenciones oportunas.

Si hubiera algún tipo de desgravación o ayudas por la compra de primera vivienda, no podríamos acogernos a ellas.

En cambio si vamos a usarlo también como lugar de trabajo es muy interesante, ya que podríamos deducirnos por ejemplo el IVA de la compra si es primera transmisión, así como los gastos de suministros, impuestos, etc.

Sabiendo estas implicaciones, ya podemos decidir si nos conviene o no un Loft, puesto que dependerá del uso real que vayamos a darle.

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Maria Matas

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  • Buenos días.
    Les agradecería que me indicasen si cualquier loft puede convertirse en vivienda.
    Entiendo que si cumple con las necesidades de vivienda, es decir, si tiene salida de humos, baños etc. Es así?
    Muchas gracias.

    • Hola CArla,
      No, cualquier loft no se puede convertir en vivienda.
      Primero hay que saber si ese "loft" esta calificado como vivienda o como local.
      Si es local, habría que averiguar en el Ayuntamiento si el local cumple con los requisitos de accesibilidad y salubridad que este establezca, que son diferentes en cada comunidad Autónoma.
      Después hay que saber que los estatutos de la comunidad de propietarios lo permitan y si no dicen nada, solicitar permiso a la Comunidad.
      Y por último habría que solicitar un cambio de uso a vivienda al Ayuntamiento, para lo cual necesitamos un proyecto realizado por un arquitecto técnico o superior.

  • Buenas tardes, estamos interesados en la compra de un loft en San Sebastian de los Reyes (Madrid), el precio de venta es 200.000 euros y queresmos saber los gastos reales que nos va a suponer la compra. Notaria, impuestos, etc ...

    • Hola Juan, pues dependerá de si es obra nueva y por lo tanto primera transmisión, en cuyo caso deberéis pagar el IVA, o por el contrario segunda transmisión, que se paga ITP y en la Comunidad es Madrid es del 6%.
      Notario y registro no deberían de supera los 4.000 €, o sea el 2% y a parte el costo de la financiación, si es que la necesitáis, que suele rondar el 2%.

  • DECRETO 111/2018, de 26 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime la cédula de habitabilidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid. ([1])

    NO CONFUNDAN A LA GENTE CON INFORMACIONES FALSAS Y ESTEN ACTUALIZADOS LEGALMENTE

    • Hola Madrileño,

      Si a Ud le he inducido a confusión lo lamento y le pido disculpas, intentare aclararle dicho extremo.

      En el post al que ud se refiere, se esta hablando de las diferencias entre lo que es un loft y una vivienda, y se hace alusión a la cédula de habitabilidad en general,refiriéndose a la consideración de vivienda y de oficina o local de negocio y e no se esta especificando la comunidad autónoma a la que se refiere, que como ud sabrá en otras comunidades se sigue exigiendo.

      Si bien es cierto que en Madrid se elimina el requisito de obtención de la cédula de habitabilidad y que el control de las condiciones mínimas de habitabilidad recae en los Ayuntamientos, toda vez que el cumplimiento de aquellas habrá de ser verificado por sus servicios técnicos con carácter previo a la concesión de la licencia municipal de obras inherentes a la concesión de la licencia de obra, como control previo sobre el proyecto, y en la licencia de primera ocupación u otras licencias municipales de uso de viviendas, como control sobre la obra ejecutada.

      Por tanto no es que la cédula de habitabilidad no exista, es que se suprime ese tramite y se regula con el Decreto al que Ud hace referencia optando por someterlo al control municipal para reducir dichos tramites y optar por la alternativa menos gravosa posible.

      En resumen para inmuebles de nueva construcción se requerirá de la licencia de primera ocupación y en viviendas antiguas ya construidas que no disponen de licencia de primera ocupación pero sí obtuvieron cédula de habitabilidad, se regula en el mismo Decreto al que Ud alude.

  • Hola, estamos comprando un loft pero nos dicen que el ayuntamiento podria impedirnos el acceso al mismo si quisiese argumentando un uso inadecuado de la propiedad.
    Un saludo

    • Hola Alexander
      Lo primero que tienes que saber es si su uso es de vivienda o de local.
      Una vivienda tipo loft, al igual que cualquier otro inmueble, para poder obtener la cédula de habitabilidad de vivienda usada o preexistente ha de disponer de la consideración administrativa de vivienda (ha de estar considerada legalmente como vivienda por el correspondiente ayuntamiento) y cumplir las condiciones de habitabilidad para las viviendas usadas o preexistentes del Anexo 2 del Decreto 141/2012, de 30 de octubre.

  • Hola. Estoy pensando en comprar un Loft 34m cuadrados, me podrías indicar los problemas que podría haber tener? Me podrían denegar el vivir en el? Puedo pedir permiso para vivir a la comunimdad? Etc. Gracias

    • Hola Lucia, como te comentamos, es un lugar en el que puedes vivir y trabajar, aunque no tiene licencia de vivienda; si hay más Lofts en el edificio, sabrás si la comunidad lo permite o no, y si son la mayoría viviendas, lo normal es que nadie te ponga pegas.

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