La cédula de habitabilidad es el documento administrativo que ratifica que una vivienda reúne las condiciones básicas para ser habitada, sin perjuicio de que en la misma se realicen otras actividades debidamente autorizadas, de modo que se certifique que es legal poder vivirla a nivel de salubridad, higiene y solidez.
En esta acreditación se regula la superficie útil, mínima, de los espacios de la vivienda así como el equipamiento mínimo que debe tener: inodoro, cocina, agua caliente, etc. Los requisitos no son muy exigentes así que lo más habitual es que las viviendas cumplan los mínimos.
Está legalizada por las comunidades autónomas y caduca cada 15 años.
Según la Ley 18/2007 este documento se exige al contratar y dar de alta los servicios de agua, gas y luz, además de los trámites para alquilar o vender un inmueble. Lo recomendable es que, antes de firmar un contrato de alquiler o de ir al notario para hacer una compra-venta, se compruebe que la vivienda dispone de la cédula de habitabilidad al día.
Los requisitos de la cédula de habitabilidad varían en cada Comunidad Autónoma. En general se tienen en cuenta aspectos como la superficie útil y la distribución del espacio. La vivienda debe tener una altura mínima, que varía de unas habitaciones a otras.
También se suele exigir que el inmueble figure en el Catastro como destinado a uso de habitación. Otros aspectos a tener en cuenta son los relacionados con la salubridad y seguridad de la vivienda.
Hay tres formas de poder solicitarla:
Existen cuatro:
La cédula de habitabilidad no es obligatoria en todas las comunidades autónomas. Solo en Asturias, Cantabria, Cataluña, La Rioja, Navarra y Murcia, Baleares, Comunidad Valenciana y Extremadura. En Madrid, se suprimió la obligatoriedad en el año 2018 con la intención de facilitar los trámites y reducir la carga burocrática. También dependiendo de la comunidad autónoma la validez de las cédulas de habitabilidad son diferentes y varía entre 5 a 15 años.
En otras comunidades autónomas como Valencia se le llama licencia de segunda ocupación. Asturias suprimió recientemente la cédula de primera ocupación, pero no la de primera ocupación de rehabilitación y la de segunda ocupación. Esto coincide también con la total supresión de la cédula de habitabilidad en Madrid en 2018 con la intención de facilitar los trámites y reducir la carga burocrática.
Por lo tanto la obligatoriedad depende de la región en la que te encuentres. Además, según la región la cédula de habitabilidad tiene las siguientes duraciones:
El precio de este documento depende de los honorarios del arquitecto así cómo las tasas que exija el ayuntamiento de la región en la que te encuentres. Aunque pedir el duplicado de la cédula de habitabilidad suele ser gratuito si te identificas como propietario de la vivienda.
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