Qué documentos tiene que facilitar la parte vendedora a la compradora en una compraventa

Por una cuestión de seguridad jurídica lo primero que tenemos que saber es el estado de cargas y la titularidad de un inmueble, y para ello solicitaremos una Nota Simple del Registro de la Propiedad.

Si el inmueble tiene una hipoteca, el banco de la parte vendedora tendrá que emitir un certificado de la deuda pendiente, con el fin de descontar este importe para la cancelación económica de la misma, así como una cantidad en concepto de provisión de fondos para realizar la gestión.

Asimismo, el vendedor deberá de contar con el CEE (Certificado de eficiencia energética), obligatorio para poner un inmueble a la venta.

Para poder preparar la firma en Notaría, se deberá aportar con anterioridad el título de propiedad, donde entre otros viene reflejada la descripción de la misma, los poderes si los hubiera, el último IBI (Impuesto de bienes Inmuebles) pagado y los DNI o NIE de todas las partes y CIF, escritura de constitución y acta de titularidad real en el caso de ser una empresa.

El día de la firma habrá que aportar igualmente el Certificado de Comunidad de estar al corriente en los gastos.

También es conveniente facilitar copia de las últimas facturas de los suministros de los que disponga el inmueble, para facilitar el cambio de titularidad que tendrá que realizar la parte compradora tras la venta.

Con todo esto y las llaves del inmueble, el vendedor habrá cumplido con sus obligaciones para la venta.

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Maria Matas

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