Algunos clientes me han preguntado qué diferencia hay entre una copia autorizada y una copia simple. La Escritura autorizada es un documento público, la que lleva la firma del Notario. Comunmente se conoce como la escritura, pero no lo es, aunque SÍ tiene el mismo valor que la escritura.
La Escritura original se llama “la matriz” y esta la conserva el Notario en su protocolo, de modo que si este se jubilara o falleciera pasara a otro Notario. Así que siempre se podrá solicitar una copia, bien sea autorizada o simple, por ejemplo en caso de pérdida.
La diferencia entre la copia autorizada y la escritura matriz, es que en la autorizada solo aparece la firma del Notario, se realiza en el mismo papel notarial y tiene carácter probatorio y en la matriz la firma del Notario y la del comprador o compradores. Esta copia autorizada es la que se lleva al Registro de la Propiedad o al Registro Mercantil en su caso, para que el Registrador las inscriba.
En cuanto al precio, la copia autorizada es más cara y se calcula en función de unos aranceles a las que el Notario esta sujeto, además del numero de folios utilizados.
Las copias simples que NO van firmadas por el Notario no tienen el mismo valor que la original “copia autorizada” y solo sirven a efectos de presentarlas para liquidar los impuestos de la venta.
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