Nefastas experiencias con el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid

Hay algunos propietarios que creen que están mas seguros si la gestión de su alquiler se la encargan al Plan Alquila de la Comunidad de Madrid, pero nuestra experiencia es que cada vez mas clientes nos vienen rebotados de este nefasto servicio, que lo único que consigue es ralentizar un proceso que debería de ser transparente, rápido y sencillo, y perder muchos posibles inquilinos con solvencia demostrable pero que no pueden esperar todo el tiempo que este organismo necesita para aprobar un arrendamiento sin apenas informar al arrendatario de nada y que tiene un sistema tan rígido y encorsetado que no resulta práctico ni resolutivo para ninguna de las partes.

Todo empieza cuando visitas un piso el cual sus propietarios tienen dada la gestión al Plan alquila de la Comunidad de Madrid; en principio parece que los requisitos de solvencia son los mismos que cualquier seguro de los que operan en el mercado, es decir, que la renta no puede superar el 40% de los ingresos demostrables de los arrendatarios.

Parece sencillo, pero… ¿qué ocurre cuando empiezas a mandar la documentación para demostrarlo? Pues este sencillo trámite se convierte en una pesadilla: lo mandas por correo electrónico, el cual atiende un funcionario, que no siempre es el mismo, que no tiene ninguna prisa ni interés en las necesidades tanto del arrendador como del arrendatario, que le da igual si tienes prisa o no, si tienes contratada ya una mudanza, o si el arrendador pierde un mes de renta debido a sus retrasos. Claro, no es su dinero ni está de cara al público, no responde de su incompetencia ni tiene objetivos, y os podéis imaginar el resultado:  mandas las cosas, se pierden, te cambian de gestor, lo pasan a otra oficina, lo coge alguien de nuevo, si además tu caso no es “de libro” porque por ejemplo en vez de tener un contrato laboral y nómina eres autónomo o tienes una pequeña empresa, échate a temblar, no saben ni por donde cogerlo, todo se alarga y se ralentiza aún mas, y puedes acabar teniendo que pagar una parte mediante transferencia en concepto de renta y otra en metálico a la propiedad, para completar un importe pactado pero no aprobado.

En resumen, una vez mas lo barato sale caro, y si dependes de la gestión de la Administración para un contrato privado entre dos partes, el interés y la preocupación son nulos.

Te recomendamos que si necesitas ayuda con tu alquiler recurras a un profesional reconocido, que vele tanto por los intereses del propietario como por el bienestar del inquilino, que te asesore debidamente, se preocupe por ti, y te realice las gestiones con la debida agilidad necesaria en un tema tan importante como es tu vivienda.

Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.

Maria Matas

View Comments

  • El plan alquila crea mas problemas que beneficios te da, por eso la gente acaba prefiriendo una gestión privada que publica, el problema que pagamos todos un servicio que es pésimo.

Recientes

La No Obligación de Pagar los Suministros a los Okupas ¿Qué Dice la Ley?

En los últimos años, la ocupación ilegal de viviendas —más conocida como "okupación"— ha sido…

7 días ago

¿Puede una comunidad de propietarios adoptar acuerdos que impongan obligaciones a un comunero?

En el ámbito de la propiedad horizontal, una de las cuestiones más debatidas es hasta…

2 semanas ago

Cómo conseguir financiación del 100% para comprar una vivienda (casos y requisitos)

Conseguir una hipoteca al 100% es decir, que el banco financie todo el precio de…

3 semanas ago

Ayudas de la comunidad de Madrid para la compra de una vivienda con financiación al 100%

En la Comunidad de Madrid SÍ existe una ayuda que permite conseguir financiación cercana o…

4 semanas ago

MEDIDAS DEL REAL DECRETO-LEY 8/2026, DEL 20 DE MARZO PARA EL ALQUILER

“Acción Legal “analiza hoy las dos medidas extraordinarias introducidas por el Real Decreto-ley 8/2026, de 20…

1 mes ago

Como Arrendador ¿puedo evitar la prórroga de hasta 2 años con el nuevo decreto de 2026?

Qué dice el decreto (resumen clave) El inquilino puede pedir una prórroga extraordinaria de hasta…

1 mes ago