Tras el anuncio del gobierno acerca de la reforma fiscal, se observan cambios referentes a la fiscalidad y los impuestos de la venta de inmuebles.
Por un lado, beneficia al contribuyente incluyendo las ganancias en la base de ahorro que tributará a tipos más bajos, con un 23% de máximo en 2016.
Por otro lado, desaparecen dos factores que reducían la tributación en la venta de inmuebles, valores y otros bienes, que no computarán a partir enero de 2015:
Ambas medidas favorecían al vendedor en la cantidad de impuestos a pagar. Por ejemplo, una casa comprada en 1989 por el equivalente en pesetas a 80.000€ si se vende el 1 de Julio de 2014 por 500.000€, el vendedor pagará hoy en impuestos 29.000€ menos que si la vendiera en enero de 2016, tras la reforma.
Este endurecimiento no afectará a la vivienda habitual, ya que la ganancia obtenida seguirá exenta de tributación siempre que se reinvierta en la nueva residencia habitual del contribuyente.
Sin embargo, hay casos en los que la reforma fiscal puede beneficiar al contribuyente. Si la vivienda se adquirió hace muy pocos años y apenas se ha acumulado inflación, el contribuyente se beneficiará de la menor tarifa del impuesto, aunque por una cantidad menor. Así, una vivienda adquirida en 2010 por 150.000 € que se venda por 200.000 € tendrá que pagar 11.375,50 € si la operación se realiza antes del 31 de diciembre de 2014, pero tributará 10.880 € si se ejecuta en 2015.
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Mi mujer y yo compramos un chalet en el año 2000, hacemos obras de mejora y ampliación durante 2 años, invertimos tanto dinero como nos costo la casa, todo hecho por mi, 2 años de durísimo trabajo y de mucho dinero invertido, ahora lo quiero vender y gracias a esas reformas ampliaciones piscina etc, se puede vender 200000€ mas cara que los chalet que están al lado y en un principio eran iguales, ¿como es posible que ahora no se tenga en cuenta esto que he invertido yo, y consideren que toda la diferencia de la compra a la venta sea beneficio, me parece un autentico robo, es una autentica verguenza.
Hola Alfonso, supongo que te refieres a la plusvalía municipal, y si, es así.
COMPRO UNA VIVIENDA EN 2003 POR 30000 EUROS, ERA UN BAJO PARA REFORMA TOTAL, NO SE PODÍA PASAR. EN 2005 Y 2006 LA REFORMO TOTALMENTE Y QUEDA UNA VIVIENDA PRECIOSA QUE HE USADO HASTA 2017. EN 2017 LA VENDO POR 160000 EUROS. QUISIERA SABER SI PUEDO VALORAR LAS OBRAS REALIZADAS Y SUBIR EL PRECIO DE COMPRA YA QUE SI NO HACIENDA SE ME LLEVARA MAS DE 30000 EUROS Y YO PERDERÉ DINERO POR LA REFORMA EFECTUADA, GRACIAS A LA CUAL VALE HOY MAS,GRACIAS, ESPERO SU RESPUESTA PARTA SABER QUE HACER EN LA DECLARACION DE ESTE AÑO.
Hola Justo,
Las reformas que puedes deducir en la renta 2016 se limitan a las que se realizasen entre el 7 de mayo de 2011 y el 1 de enero de 2013, y que se empezasen a pagar antes de esta última fecha. Ello quiere decir que, seguramente, ya habrás deducido parte de esas obras en los ejercicios anteriores de la renta.
Mírate el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre donde te dice que reformas puedes deducir siempre que esa vivienda sea vivienda habitual.