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Testamento en régimen de gananciales con hijos

Recomendaciones para un testamento en un matrimonio casado en régimen de gananciales con hijos, con el objetivo de proteger al cónyuge superviviente y mantener equilibrados los intereses familiares.

¿Qué debe contemplar un testamento en un matrimonio casado en gananciales con hijos?

Cuando un matrimonio casado en régimen de gananciales afronta la redacción de su testamento, suele surgir la misma preocupación:

¿Cómo asegurar la protección económica del cónyuge superviviente sin perjudicar los derechos de los hijos?

La legislación española establece límites mediante las legítimas, pero existen diversas herramientas legales para garantizar que, si uno fallece, el otro pueda mantener estabilidad patrimonial y capacidad de decisión. A continuación, se detallan los aspectos más importantes a considerar. 

1. Reparto legal de la herencia: el punto de partida

Antes de planificar, conviene entender cómo funciona la sucesión en gananciales:

  1. Disolución de gananciales: al fallecer uno, el 50% de todos los bienes gananciales pasa al cónyuge superviviente por derecho propio.
  2. Herencia del fallecido: se reparte entre:
    • El cónyuge, con usufructo del tercio de mejora. 
    • Los hijos, que reciben la nuda propiedad de los tercios de legítima y mejora. 

Sin embargo, este reparto estándar suele dejar al cónyuge con menos control del esperado, pues los hijos pasan a ser copropietarios de parte de los bienes, incluso de la vivienda familiar. De ahí la importancia de mejorar la protección mediante el testamento.

Recomendaciones clave para un testamento equilibrado

2. Otorgar el “usufructo universal” a favor del cónyuge superviviente

Es la fórmula más utilizada para proteger al viudo/a.  Consiste en concederle el usufructo de toda la herencia, permitiendo:

  • Vivir en la casa sin oposición de los hijos.
  • Gestionar cuentas, inversiones o alquileres.
  • Mantener el mismo nivel de vida. 

A cambio, los hijos reciben la nuda propiedad y se convierten en dueños plenos al fallecer el segundo progenitor.

Ventaja: Máxima protección al cónyuge sin perjudicar a los hijos a largo plazo. 

Inconveniente: El superviviente no puede vender por sí solo bienes heredados sin consentimiento de los hijos.

3. Sustitución del usufructo por el “cuarto viudal” o por una cantidad en metálico

La ley permite que el cónyuge superviviente conmute el usufructo (es decir, lo cambie) por: 

  • Una cantidad en dinero.
  • Un capital vitalicio.
  • O determinados bienes concretos.

Esto permite que el viudo/a no quede “atado” a bienes complicados de gestionar. Se puede reforzar en el testamento para facilitar trámites y evitar conflictos. 

4. Establecer la cláusula de “cautela socini 

Muy recomendable. La cautela socini plantea una condición a los hijos: 

O aceptan la distribución que mejora al cónyuge (ej. usufructo universal), o, si impugnan, se quedan solo con su legítima estricta. Esto desincentiva pleitos y protege la voluntad del testador.

5. Nombrar un contador-partidor 

El testamento puede designar un contador-partidor para:

  • Valorar bienes.
  • Repartir la herencia.
  • Evitar bloqueos por desacuerdo de los hijos.

Es una figura clave para prevenir conflictos familiares y asegurar agilidad.

6. Incluir pactos sobre la vivienda habitual 

Puede preverse:

  • Que el cónyuge superviviente mantenga no solo el usufructo, sino derecho de uso exclusivo.
  • Que no se pueda vender sin su acuerdo.
  • Que pueda vivir en ella mientras mantenga su residencia habitual.

Esto es esencial si la mayor parte del patrimonio está en el inmueble común.

7. Donaciones o pactos sobre bienes privativos 

Si uno de los cónyuges posee bienes privativos importantes (herencias, inmuebles previos al matrimonio, etc.), puede:

  • Mejorar al cónyuge con un usufructo sobre ellos.
  • O dejar ciertos bienes como “mejora” para hijos concretos.

La clave es equilibrar sin comprometer la protección del superviviente.

8. Prever la administración de la herencia si los hijos son menores

En caso de hijos menores, se puede especificar:

  • Que el cónyuge superviviente sea administrador de todos los bienes.
  • Sin necesidad de autorizaciones judiciales para actos de administración ordinaria.

Esto evita obstáculos para decisiones económicas importantes.

9. Testamento recíproco o armonizado entre ambos cónyuges 

Aunque no existe el testamento conjunto en España, es recomendable:

  • Otorgar testamentos coordinados, con disposiciones similares.
  • Definir las mismas cláusulas de protección mutua.

Garantiza coherencia y evita asimetrías.

Un matrimonio casado en gananciales con hijos debe contemplar en su testamento una serie de medidas que permitan proteger al cónyuge superviviente y evitar conflictos con los hijos, a la vez que se respeta la legislación sucesoria. Las herramientas más útiles son:

  • Usufructo universal del cónyuge.
  • Cautela socini.
  • Contador-partidor.
  • Regulación expresa de la vivienda familiar.
  • Commutación del usufructo.
  • Testamentos recíprocos armonizados.

Con estas disposiciones, se logra un equilibrio justo entre protección inmediata del cónyuge y conservación del patrimonio familiar para los hijos.

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Maria Matas

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