Cómo afecta el régimen matrimonial en la compraventa de una propiedad

El matrimonio es una sociedad patrimonial entre dos personas cuyo régimen económico puede ser en gananciales o en separación de bienes, y que depende del lugar donde se produzca el matrimonio o de la elección de los cónyuges que pueden hacerlo constar en las capitulaciones matrimoniales.

En España el régimen general establecido es el de gananciales, excepto en Cataluña y Baleares que debido al régimen foral se aplica el de separación de bienes.

El régimen de gananciales es aquel mediante el cual se hacen comunes entre los cónyuges las ganancias obtenidas durante la vigencia del matrimonio y los cuales serán atribuidos por mitad al disolverse aquella.

El régimen de separación de bienes consiste en la separación del patrimonio de cada cónyuge, esto quiere decir que de las deudas contraídas por un cónyuge responde el patrimonio individual de cada uno, aunque puedan tener deudas comunes a ambos.

En ambos caso los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio así como los recibidos por donación, legado o herencia serán privativos, si no se establece lo contrario.

Por lo tanto:

¿Quién tiene que firmar al  comprar una propiedad?

  • En el Régimen de gananciales, es suficiente con la firma de uno solo de los cónyuges, indicando que compra para la sociedad de gananciales.
  • En el régimen de separación de bienes, cada cónyuge puede comprar o vender libremente sin el consentimiento del otro.

¿Quién tiene que firmar al vender una propiedad?

  • En el régimen de gananciales hará falta el consentimiento y por lo tanto la firma de ambos
  • En el régimen de separación de bienes, cada uno puede vender o comprar libremente sin el consentimiento del otro.

Aquí hay una salvedad, y es que cuando la venta es de la vivienda familiar, si será necesario el consentimiento de ambos.

En cualquier caso, si quieres estar bien asesorado, consúltanos y te ayudaremos con todo la gestión tanto de compra como de venta de tu propiedad.

Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.

Maria Matas

View Comments

  • Mi tío me vendió un terreno y mi tía ya había fallecido por lo que no pudo dar su consentimiento que puede pasar con el terreno que me vendió estaban casados por vienes mancomunados

    • Hola Marcos,
      Los bienes mancomunados son aquellos bienes propiedad de la pareja en un matrimonio a partes iguales entre ambos.
      Si la mujer de su tio fallecio, entiendo que este heredero el 50% de ese terreno, y ya era propietario al 100 % así que podía venderlo sin problema.

Recientes

Todo lo que debes saber sobre herencias en España: Apimonteleon

Las herencias son un tema que puede generar incertidumbre y confusión, especialmente cuando se trata…

18 horas ago

Alquilo una vivienda, ¿tengo obligación de declararlo?

Si eres propietario de una vivienda en alquiler y tus ingresos anuales superan los 1.600…

1 semana ago

Un caso real de house Flipping

En otras ocasiones os hemos contado en lo que consiste el flipping, que se resume…

2 semanas ago

Diferencia de impuestos de compraventa de inmuebles entre comunidades autónomas

En una compraventa de un inmueble se generan dos impuestos importantes. Impuesto que paga el…

3 semanas ago

¿Qué pasa con la casa familiar si fallece mi cónyuge?

No hay una respuesta única, depende de varios factores que vamos a analizar

4 semanas ago

Los errores más comunes que aparecen en las fotos de una vivienda en venta

Cuando ponemos una vivienda a la venta, una de las primeras cosas que debemos hacer…

4 semanas ago