Son las Plazas de Aparcamiento para Residentes en Madrid (PAR), son plazas públicas o de gestión compartida que pueden ser solicitadas por particulares con residencia en la capital.
El precio de estas plazas es bastante más reducido que las plazas de aparcamiento del mercado libre y tiene su origen en una concesión administrativa que el ayuntamiento otorga a una empresa para construir y explotar un aparcamiento, obligándola a ceder el derecho de uso de las plazas a los residentes.
El ciudadano que desee acceder a una plaza de aparcamiento para residentes de titularidad municipal deberá rellenar una solicitud previa.
El adquirente se convierte en titular de un derecho de uso, pero no es propietario.
Si, las plazas se pueden ceder a otra persona por el valor que el Ayuntamiento marque en el momento de la cesión.
La permuta entre titulares del derecho de uso está permitida cuando existe acuerdo entre las partes, previa autorización municipal.
Lo normal es que se ceda a las personas que se encuentran en lista de espera del aparcamiento, pero se puede ceder a una persona no incluida en la lista en los siguientes casos:
El valor de una plaza en un aparcamiento de residentes municipal, se refiere al costo o precio asociado a la adquisición del derecho de uso sobre la plaza hasta la finalización de la concesión administrativa. La plaza es propiedad del Ayuntamiento de Madrid, pero se puede adquirir el derecho de uso para utilizarla abonando el valor que se establece para cada plaza.
El valor de una plaza varía según diferentes factores, como el aparcamiento, la planta, las dimensiones y el periodo de tiempo restante hasta el fin de la concesión.
El valor del derecho de uso se calcula por parte de los Servicios Técnicos Municipales, dicho valor evolucionará desde la fecha de la puesta en servicio hasta el final de la concesión disminuyendo linealmente en función del número de años transcurridos desde su puesta en servicio y revalorizándose anualmente conforme al Índice General de Precios al Consumo (IPC) o índice que lo sustituya, es decir que cuantos menos años de concesión queden menor será su valor y será el calculado el día correspondiente a la tramitación del expediente.
El precio que determinan los servicios técnicos municipales es el precio máximo para la transmisión, aunque sí se puede pactar un precio inferior, llegando incluso a poder transmitirse por valor 0.
Puedes consultar en el portal de datos abiertos del Ayuntamiento de Madrid. https://datos.madrid.es/portal/site/egob/
No tributa de ningún modo. Ese derecho tiene su origen en una concesión administrativa que el ayuntamiento otorga a una empresa para construir y explotar un aparcamiento, obligándola a ceder el derecho de uso de las plazas a los residentes.
Para cualquier consulta puedes o bien acudir al Departamento de Gestión Administrativa del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad concertando una cita previa presencial o consultar en la página del Ayuntamiento y realizar la gestión “en línea” para lo que se requiere firma electrónica. También puedes realizar una consulta telefónica de lunes a viernes de 8 a 14:45 horas en el número: 914803961 (solo para información relacionada con aparcamientos subterráneos.
Fotocopia del contrato por el que el titular adquirió el derecho sobre la plaza que desea ceder.
Fotocopia del último recibo de la comunidad de usuarios.
No hay ningún límite en este aspecto. En función del tamaño de la plaza de garaje, podrás aparcar un coche y una moto o dos coches si esta es muy grande. No hay ninguna limitación respecto a esto siempre y cuando tus vehículos no sobresalgan de sus límites.
Una vez finalice el plazo de la concesión, la plaza de parking para residentes revertirá al Ayuntamiento en cuestión. Aunque muchos ayuntamientos, entre ellos el de Madrid, tienen planeado convertir las concesiones en plazas de propiedad
El trámite desde que se presenta el contrato de cesión en la Administración suele tardar un año o más, pero desde el momento en que se ha tramitado el cesionario puede utilizar la plaza de aparcamiento sin problemas.
Los titulares del derecho de uso han de pagar gastos de comunidad que lo gestiona un Administrador del parking en cuestión y al que habrá que facilitar el nº de cuenta para su cobro.
Para poder acceder a una plaza de residentes tendrás que estar empadronado en la vivienda a la que está adscrita.
Está prohibido:
Si te ha resultado útil este artículo puedes suscribirte al blog y seguirnos.
www.apimonteleon.com.
Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.
Cuando pensamos en un fallecimiento en un contrato de arrendamiento, lo normal es pensar en…
Vender una vivienda es mucho más que poner un cartel o un anuncio en internet,…
La decisión inmobiliaria que también afrontan los mayores Las personas mayores también se enfrentan a…
Panorama general del euríbor y los tipos de interés Euríbor a 12 meses: Ha venido…
Las vacaciones son un momento esperado para descansar y desconectar de la rutina. Sin embargo,…
En pleno corazón de Madrid, entre cafeterías modernas y tiendas de última tendencia, laten pequeños…
View Comments
Buenas, a ver si me pueden resolver una duda. En caso de defunción del propietario, ¿ésta plaza pasa automáticamente al heredero sin coste o debe abonar el precio de la plaza? ¿Puede luego venderla en caso de no poder usarla?
Lo lamento pero deberá consultarlo en el Ayuntamiento
Como muchos otros que adquirimos estas plazas a un precio desorbitado, similar al de una propiedad en su momento (12.000 € en 1990), bajo el compromiso por escrito de una futura venta por 180,3 €, me siento profundamente afectado al ver que, al acercarse el final del contrato y el final de mi propia vida, dicha venta no se ha llevado a cabo, sin que se nos haya dado ninguna explicación al respecto.
Otro aspecto que no logro entender es cómo, entre las diversas condiciones desmesuradas que se nos imponen a aquellos que adquirimos el derecho de uso de estas plazas con la promesa de una futura compra, se nos obliga a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). ¿Cómo es posible que me exijan pagar un impuesto sobre un bien que no es de mi propiedad?
Al leer algunos de los comentarios de los afectados, se hace evidente la frustración que compartimos, especialmente aquellos que pagamos cifras tan altas, cuando en las primeras plazas PAR los precios eran casi simbólicos. Este es un problema que, lamentablemente, deja una carga considerable a nuestros hijos y herederos, al negociar con nuestro Ayuntamiento que sea del color que sea se aprovecha del ciudadano impunemente.
A todos los afectados, les recomiendo que busquen apoyo y visiten https://urbanity.one/t/compra-plazas-de-aparcamientos-para-residentes/6402?u=benigno
Convendría resolver este asunto antes de que finalicen nuestras vidas o nuestros contratos y esto solo es posible uniéndonos. Si no se resuelve que nos cambien la plaza de garaje por un nicho en La Almudena, seria un detalle Sr. Alcalde de turno.
Partidos políticos: Incluyan soluciones a este abuso en sus programas electorales , igual les creemos y hasta cae algún voto.
¿habrá algún grupo o despacho de abogados dispuesto a defender este asunto cobrando una comisión en caso de éxito?
Aprovecho para agradecer a apiMonteleon la creación de este espacio que da alojamiento a nuestros comentarios.
Hola, el día 25 de Octubre firmamos el Contrato Privado de Cesión del Derecho de Uso de la Plaza por parte del Cesionario y del Cedente y lo llevamos al registro de la calle Bustamante, 16 de Madrid.
Mis preguntas son:
¿Cuanto tiempo suelen tardar en comunicarte que la plaza esta cedida?
¿Como se hace el pago estipulado por la plaza?
¿Hay que pagarlo al Ayuntamiento o a la persona Cesionaria?
Gracias de antemano.
El ayuntaminero siempre tarda, así que os recomiendo que insistáis para poderlo hacer cuanto antes
Hola, por favor me podían ayudar a entender el funcionamiento de estas plazas.
Mi padre titular de una de ellas falleció y me adjudicaron el 50%, siendo el otro 50% de mi madre.
Actualmente por cambio de domicilio ya no reside nadie en esa zona. En diciembre fuimos al ayuntamiento a ceder la plaza por fallecimiento y cambio de domicilio, en abril fuimos a preguntar y seguíamos en la misma posición los 4 para la cesión, aparecen 6 personas en lista de espera, a fecha de hoy seguimos igual los 4 y 6 personas en lista de espera. Hemos presentado hoy en contrato privado de un comprador, nos dicen que es muy difícil que se le adjudique porque no está en lista de espera. Y qué tardarán bastante en contestarnos.
Hay cosas que no se entienden, no hay forma de poder hacer algo?. Tengo que seguir pagando la comunidad, no casan las operaciones porque no quieren y les facilitas las cosas y tampoco.
Impotencia...
Alguien me puede asesorar qué hacer porque es desesperante.
Hola, Nuria
Yo estuve 5 años en la misma situación intentando ceder mi plaza y habien lista de espera no me ponían en contacto con nadie. Plantee dejar de pagar la comunidad y me dijeron que entonces me podían embargar. Era una trampa sin salida.
Al final puse un anuncio pues la plaza se podía ceder a cualquiera que estuviera empadronado en Madrid, consegui contactar con una interesada formalizamos en contrato que el mismo ayuntamiento tiene colgado en su pagina y lo presentamos.
Cuando fue autorizado ella me pago el precio que entonces tenia estipulado el propio ayuntamiento.
EN suma todo tuve que hacerlo yo pero al menos me libre de la plaza despues de 5 años pagando la comunidad sin que la plaza fuera utilizada.
Buenos días, yo estoy interesado en adquirir una plaza en el parking de Azuaga, 19. El que esta en Valdezarza en la C/ San Restituto, mi hijo esta empadronado.
Se puede montar cargador para coche electricon en una plaza del PAR?
Lo lamento pero lo desconocemos, le recomendamos que llame al 010 para consultarlo
Hola Ramon, nosotros no tenemos nada a la venta ahora allí, no podemos ayudarte.
Hola Nuria, lo lamneto pero es una cuestión que solo compete al ayuntamiento.
Tengo en venta mis derechos de una plaza de garaje como cesionario. Ya son mád de 3 años y el ayuntamiento no me presenta a ningún interesado a adquirirla. Tenía un comprador de los derechos pero aunque tiene u n negocio en el distrito donde está la plaza de garaje me dijeron que no es suficiente, tiene que estar empadronado en el mismo distrito donde está la plaza. Eso sí, me dijron hay lista de espera de compradores y hace más de un año me dijeron que estaba el número 17 para venderla. Sigo esperando...
Hola Antonio, lamemntablemente esto no tienes mas remedio que consultarlo con el Ayuntamiento
Buenos días, tengo una duda: tengo una plaza PAR que estaba a nombre de mi abuela fallecida y tras fallecer no cambiamos el titular. Los herederos lo cedieron a mi madre, pero esta aportó el piso al que estaba asociada a una sociedad (S.L.).
Ya no reside ningún familiar en el piso. ¿podemos pasarla a la S.L.? en este caso ¿aplica la prelación de otros peticionarios de plaza que sí residan en la zona del parking?¿cómo se puede saber si hay peticiones? lo hemos intentado en el ayuntamiento y son muy vagos, dicen que no saben si hay alguna petición, ...
En fin, no es nada fácil la situación. ¿dais servicios de asesoramiento en este sentido?
Muchas gracias de antemano.
Hola Jose,
Lo siento en este caso no te puedo ayudar, no estamos especializados en este tipo de aparcamientos.
Buenos días. El año pasado hicimos la cesión de la plaza de residentes según se describe en el artículo. El precio que cobramos al cesionario, a través del contrato privado estándar, fue el mismo que nos facilitó el ayuntamiento como precio máximo de la cesión. Tenemos que tributar en el IRPF por esta cesión del derecho de uso? . Gracias de antemano
Hola Jose Luis,
En el IRPF, en la medida en que el derecho transmitido trae su causa en la concesión administrativa que un ayuntamiento adjudica a una determinada empresa para la construcción, gestión y explotación de un aparcamiento, la venta da lugar a una ganancia o pérdida patrimonial por diferencia entre los valores de adquisición y de transmisión; siendo relevante a los efectos de la determinación del importe de la ganancia o pérdida patrimonial, el hecho de tratarse de una cesión iniciada en año x y que se realiza por un plazo de 50 años (por ejemplo), es decir, debe valorarse que ya se ha consumido parte del tiempo de la concesión, y lo que se transmite es solo el período que resta hasta cumplirse los 50 años, lo que obliga a minorar el valor de adquisición proporcionalmente por el tiempo transcurrido entre la compra y la venta de la cesión del derecho de uso.
Hola, estamos en la misma situación que los demás. Hace 2 años solicitamos al Ayuntamiento la cesión por fallecimiento de titular. Nosotros, los herederos de esta carga, no tenemos ni coche. Tras dos años, nos indican que no hay lista de espera (cosa que no se creen ni ellos) y que nos busquemos la vida. Estamos pagando 140 euros de comunidad trimestralmente por una plaza vacía. ¿Hay algún modo de organizar una reclamacion conjunta de todos los afectados? somos muchisimas personas, gracias.
Yo al final después de cinco años ofertando la plaza a través del Ayuntamiento sin conseguir nada, decidí poner un anuncio en milanuncios y el idealista y ahí me llamaron dos o tres personas interesadas hicimos el contrato privado y lo llevé a que me lo autorizaran y así conseguí deshacerme de ella lo tuve que hacer todo yo, porque si esperas que el Ayuntamiento lo resuelva no lo va a resolver
Hola Lucinda,
Lamento no poder ayudaros en este caso, lo mas conveniente es que acudais a un abogado.
Hace dos años y medio solicité al Ayuntamiento de Madrid la devolución de mi plaza PAR. Hay una lista de espera de gente solicitando plaza de mas de 200 personas. Algunas desde 1997. Pero el Ayuntamiento no hace nada. Conozco gente que lleva 8 años esperando para devolverla. Y pagamos una comunidad de 55 euros al mes. Hay algún resquicio legal que pudiera obligar al Ayuntamiento a hacer el trámite en un plazo determinado? Por lo que he investigado somos cientos de personas atrapados en esta situación en Madrid. Existe alguna plataforma de afectados?
Hola Paloma
Los titulares del derecho de uso sobre una plaza de aparcamiento municipal pueden cederlo a otra persona por el valor actual del derecho de uso.
• Para finalizar la cesión del derecho de uso de la plaza: se debe realizar un contrato privado entre titular y cesionario de la plaza de aparcamiento. Este debe contener la siguiente información:
• Tiene que ser un contrato simple privado (sin necesidad de Notario)
• Debe figurar el nombre, apellidos y D.N.I. tanto del titular como del cesionario.
• Igualmente tienen que poner el nombre del Aparcamiento de Residentes y el nº de Plaza.
• El precio correspondiente.
• Y las firmas
Una vez cumplimentado el contrato, tiene que presentarse en cualquier Registro del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es/registro), para proceder al archivo de las actuaciones.
Deseo vender mi derecho de uso, y el Ayuntamiento me ha notificado que no existe lista de espera y que puedo buscar yo un comprador. Ya lo he encontrado, pero éste desea que la plaza sea de disposición inmediata. Según indican ustedes, "el trámite desde que se presenta el contrato de cesión en la Administración suele tardar un año o más, pero desde el momento en que se ha tramitado el cesionario puede utilizar la plaza de aparcamiento sin problemas". ¿Cómo se llevaría a cabo este proceso? ¿En qué momento se efectuaría el pago del cambio de cesión? Gracias por su respuesta.
Hola Paloma,
Puedes firmar el contrato de cesion y que el comprador te abone la plaza y asuma los gastos de la misma, de modo que la empiece a utilizar hasta que la administracion finalice el tramite.
Para cualquier consulta puedes o bien acudir al Departamento de Gestión Administrativa del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad concertando una cita previa presencial o consultar en la página del Ayuntamiento y realizar la gestión “en línea” para lo que se requiere firma electrónica. También puedes realizar una consulta telefónica de lunes a viernes de 8 a 14:45 horas en el número: 914803961 (solo para información relacionada con aparcamientos subterráneos.