¿Pagar en efectivo una compraventa o no? Pongamos un caso real, un vendedor recibe una buena oferta para la compra de su vivienda y la persona que está interesada en comprarla, quiere pagar gran parte del precio en EFECTIVO metálico. ¿Es esto posible? ¿Es legal?

En principio el pago en efectivo NO ES ILEGAL: pagar en efectivo metálico es perfectamente posible, eso sí, siempre que este importe quede reflejado perfectamente en la escritura, sea declarado y convenientemente facturado.

La Ley 7/2012 de 20 de Octubre Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, establece la limitación de pagos en efectivo respecto de determinadas operaciones en la que alguna de las partes intervinientes sea un profesional o empresario, en cuyo caso hay un límite de 2.500 €.

¿Qué se entiende por efectivo?

La Ley de Blanqueo de Capitales incluye:

  • El papel moneda metálica , nacional o extranjera
  • Los cheques bancarios al portador
  • Cualquier otro medio físico -incluidos los electrónicos- que se utilice como medio de pago.

En caso de que se incumplan estas limitaciones, será constitutivo de infracción Administrativa y incurrirán en ella tanto el pagador como el receptor, que responderán de forma solidaria tanto de la infracción como de la sanción que se imponga, pudiendo la Administración dirigirse de forma indistinta contra ambos.

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