Entrevistamos hoy para nuestro blog a Rafael Carbajo, Director del Gabinete Técnico de Certificación GTC, una de las firmas punteras en Madrid en la emisión de certificados de eficiencia energética, con el fin de que nos cuente cuales son las preguntas más frecuentes que le hacen sus clientes.

¿Qué es un certificado de eficiencia energética?

Es un documento, que debe estar suscrito por un técnico competente, que contiene información sobre las características energéticas y la calificación de eficiencia energética de un edificio existente o parte del mismo.

¿Quién demanda el certificado de eficiencia energética?

Habitualmente, nos lo solicitan los particulares que conocen que desde la publicación del decreto 235/2013, del citado año, el certificado debe aportarse para cualquier operación de alquiler o compraventa de una vivienda, o bien de un edificio completo. En general, los clientes son informados por los Agentes de la Inmobiliaria de este requisito, así lo hace Apimonteleon y el cliente contacta directamente con nosotros. El mencionado decreto establece que para publicitar una venta o un alquiler el inmueble debe tener el certificado en regla y la etiqueta de eficiencia energética. Y lo de publicitar debe entenderse como la obligación del particular en sus anuncios (por ejemplo en los portales inmobiliarios) y de los Inmobiliarios en los suyos (portales inmobiliarios, carteles y expositores en sus oficinas) de mencionar expresamente la calificación energética del inmueble.

¿Y el precio del certificado?

Habitualmente, se estudia con el cliente el precio del certificado, que lógicamente depende de la superficie de la vivienda, de su situación y de la complejidad de las instalaciones energéticas, pero para una vivienda media de unos 75 metros cuadrados el coste se sitúa alrededor de los 100-125 euros.

Como es natural, el precio varía si se trata de inmuebles más complejos, o varios de ellos de un mismo o de diferentes edificios,…todo es cuestión de ponerse de acuerdo con el propietario.

¿Como proceden a la emisión del mismo?

Primeramente hay que concertar una visita con el propietario de la vivienda, cosa que no siempre es entendida por el mismo. A veces nos cuesta convencerles de que debemos visitar la vivienda, algunos piensan que no resulta imprescindible, pero si lo es. Obviamente, antes de la visita consultamos los datos catastrales de la misma, para ir obteniendo su ubicación, superficie y sobre todo la referencia catastral, que identifica siempre a la vivienda, y por lo tanto al certificado. También es importante conocer al año de construcción puesto que dependiendo del mismo le será de aplicación una determinada normativa técnica de construcción.

Además, es imprescindible contar con los datos del propietario (nombre, dirección, DNI, forma de contacto,..)

¿Y una vez en la vivienda?

Habitualmente, hacemos fotos del exterior de la misma (fachada, accesos,..) y levantamos un plano de ubicación de la misma, puesto que tanto la fotografía como el plano deben incorporarse al certificado. A continuación, procedemos a tomar nota de los datos generales, es decir, si se trata de una vivienda en un bloque de viviendas, o un chalet aislado, pareado,…o bien, si hablamos de edificios terciarios, de si se trata de una oficina, de un edificio completo,…

A continuación, debemos calcular la superficie útil habitable, la altura de techos, el número de plantas habitables,…

¿Eso es suficiente?

Obviamente no. A continuación debemos determinar lo que técnicamente se denomina envolvente térmica del edificio, que debe incluir siempre las medidas y propiedades de la cubierta (en el supuesto de que directamente encima de la vivienda exista un tejado), los muros de fachada, el suelo (si la vivienda es por ejemplo una planta baja y tiene debajo un garaje, o un local, o directamente los cimientos), y las particiones interiores.

Además, deben anotarse los huecos o lucernarios (ventanas, aberturas,..), con indicación del material de que están construidas, tipo de carpintería, cristal,… y por supuesto sus dimensiones.

¿Y las instalaciones energéticas de la vivienda?

Ese es el paso siguiente. Deben hacerse constar siempre los equipos de agua caliente sanitaria, calefacción y refrigeración, tanto si son individuales como combinados, y lo mismo debe hacerse cuando se trata de instalaciones centralizadas para todo un bloque de viviendas. Se debe tomar nota en cada uno de los casos de la potencia, el rendimiento, el tipo de combustible, la antigüedad del equipo…Habitualmente, también tomamos fotografías de estos equipos, por si fuera necesario incluirlas en el certificado.

¿Y qué hay de las energías renovables?

Bueno, si la vivienda o el edificio las posee (por ejemplo placas solares, calderas de biomasa,…) también deben hacerse constar en el certificado; este tipo de instalaciones, como es lógico, mejoran notablemente la eficiencia energética de la vivienda.

Antes de acabar con la toma de datos, debemos también tomar nota de lo que técnicamente se denomina “estudio de sombras”; una vivienda orientada al Este, por ejemplo, y que no tiene ningún obstáculo delante (otros edificios), recibirá una mayor radiación solar que otra que sí tiene enfrente otra vivienda. Esto condicionará las necesidades de calefacción y refrigeración de la vivienda, y por lo tanto debe medirse para realizar los correspondientes cálculos, que también afectarán a los patios que la misma pudiera tener.

Y con esto termina la toma de datos en la vivienda objeto del certificado. De modo orientativo, todo este proceso (dependiendo lógicamente de la complejidad de la vivienda o edificio) suele llevarnos alrededor de hora y media o dos horas, pero algunas veces es necesario visitar de nuevo el inmueble sobre todo si se trata de viviendas u oficinas grandes o de edificios completos.

Cuál es el siguiente paso?

Una vez finalizada la toma de datos y fotografías, comienza el trabajo de redacción del certificado. Habitualmente utilizamos un programa informático de apoyo, en el que introducimos los datos obtenidos “in situ “ y que nos ayuda a ir confeccionando el certificado. Con todos los datos obtenidos, se genera una calificación energética de la vivienda, que va desde la letra “A” como la más eficiente, hasta la letra “E” como la menos eficiente. Antes de generar el certificado, y como norma general, solemos incluir una serie de medidas “correctoras” para mejorar si en necesario (que habitualmente lo es) la calificación de eficiencia energética de la vivienda, que suelen ir desde la instalación de aislamientos en fachadas, tejados y soleras hasta el cambio de equipos de agua caliente, calefacción y refrigeración por otros más modernos y de mayor eficiencia.

A partir de aquí, el certificado está listo para su entrega al cliente.

Los propietarios entienden el significado de la calificación energética?

Bueno, pues no siempre. Habitualmente la gente se sorprende de la baja calificación de sus viviendas; de hecho, después de una larga experiencia en la calificación, no hemos encontrado ningún inmueble que haya superado la letra “B”, y son la inmensa mayoría de ellos los que han obtenido la calificación media – baja, desde la “E” hasta la “G”, sobre todo en aquellos inmuebles del centro de Madrid.

A menudo debemos explicar a los clientes propietarios que viviendas construidas hace 50, 80 ó 100 años, no fueron diseñadas ni edificadas pensando en los criterios que a día de hoy se establecen para una vivienda eficiente desde el punto de vista energético.

Y por otro lado, hay que hacer un pequeño esfuerzo para diferenciar entre eficiencia energética y confort. Un vivienda con unos magníficos equipos de calefacción y refrigeración puede ser extraordinariamente confortable y sin embargo puede ser al mismo tiempo muy poco eficiente; no olvidemos que el consumo de estos equipos, que habitualmente funcionan a base de electricidad, generan unas elevadas emisiones de CO2 y requieren un elevado consumo de energía primaria, que las hace muy poco eficientes bajo el punto de vista energético. Por no hablar del punto de vista económico…y aquí casi todo el mundo entiende que un inmueble más eficiente desde el punto de vista energético es más barato de mantener que uno que no lo sea.

Y entienden la necesidad del certificado?

Pues tampoco se entiende a la primera. Casi todo el mundo tiende a pensar que no deja de ser más que otro papel, y de paso un “sacacuartos”, pero hay que reconocer que una vez que se les explica el porqué de la eficiencia energética casi todo el mundo acepta la conveniencia del mismo; eso sí, todo el mundo está encantado de que a día de hoy el certificado sea meramente un documento informativo, que no obliga para nada al propietario para efectuar reformas que mejoren esa eficiencia, aunque entienden que algún día la calificación energética de la vivienda será algo que se valore a la hora de alquilarla o venderla.

Finaliza aquí su relación con el cliente?

Habitualmente no, porque todas las CCAA y en concreto la Comunidad de Madrid tiene establecida la obligatoriedad de inscribir el certificado en un Registro, que en el caso de Madrid depende de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda. Si el cliente accede, y sin ningún coste adicional, incluimos en nuestros honorarios la presentación del certificado en nombre del cliente. Una vez registrado, enviamos al cliente el justificante del mismo y la etiqueta de eficiencia energética, que debe conservar y tener en un lugar visible de la vivienda. Y ahí sí acaba nuestra tarea y por lo tanto la relación con el cliente.

Algún detalle más que debamos conocer?

Señalar por un lado que el certificado tiene una validez de 10 años desde el momento de su emisión, y por lo tanto no supone un gasto tan considerable como algún cliente considera; se paga una sola vez y el certificado es válido por ese periodo de tiempo siempre que en el inmueble no se renueve más del 25% del total de su envolvente, o la totalidad de las instalaciones térmicas o se cambie el tipo de combustible.

Y por otro, señalar que la normativa especifica claramente los casos en los que el certificado es obligatorio ( la inmensa mayoría de las viviendas de uso particular, oficinas, etc..) y asimismo aquellos casos especiales en los que no lo es. En este último caso pueden citarse los edificios protegidos oficialmente, los edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto, construcciones provisionales,..Como detalle importante y de aplicación cotidiana, no debe incluir la etiqueta en su oferta publicitaria el propietario de un apartamento de vacaciones que lo alquila para un uso temporal.

Gabinete Técnico de Certificación GTC es nuestra empresa certificadora de cabecera, y todos nuestros clientes han quedado encantados con la profesionalidad, el trato y la rapidez con que Rafael Carbajo, su Director realiza el trabajo.

Así que ya sabéis si necesitáis Certificar vuestro inmueble consultarle.

Aquí os dejamos sus datos:

Gabinete Técnico de Certificación GTC

Rafael Carbajo Garcia: 914016323-630063970

 

Cuando estés planteándote vender o alquilar tu propiedad, piensa en Comprarcasa Apimonteleon Agentes de la Propiedad Inmobiliaria. Somos profesionales con más de 25 años de experiencia. www.apimonteleon.com, 91 445 02 79.