Estos son algunos de los consejos que da el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid ante ruidos molestos:

– Música de algún vecino por la práctica de tocar instrumentos, tales como pianos, trompetas, etc: si han sido inútiles las conversaciones amistosas, hay que dirigirse al presidente de la comunidad para que exija al músico el cese de las molestias. Si esta solicitud no es suficiente para conseguir el cese de los ruidos, la comunidad de propietarios podrá incoar una acción, basada en el artículo 7.2 de la ley de propiedad horizontal. Con sentencia favorable puede proceder la privación del derecho al uso de la vivienda durante algún tiempo, además de una indemnización por daños.

Es necesario acomodarse a la normativa municipal que determina los índices de ruido permitidos según las horas. Por supuesto, contar con el informe de una empresa especializada en la medición de rudos que verifique que se sobrepasan los niveles autorizados.

– Terrazas nocturnas con música a elevados volúmenes: se trata de un establecimiento que lógicamente no pertenece a la comunidad de propietarios. Como en el caso anterior si el diálogo no ha producido solución satisfactoria, es aconsejable una denuncia ante la policía. Si persisten los ruidos molestos puede la Junta de propietarios autorizar al presidente a iniciar acciones legales contra los propietarios o arrendatarios del establecimiento o incluso contra el Ayuntamiento cuando se estima que permite la actividad de la terraza.

– Perros que ladran con gran frecuencia en patios o terrazas: la normativa municipal regula el horario de permanencia de animales en terrazas y patios y el número de animales en los pisos. El incumplimiento de estas normas se debe denunciar en el Ayuntamiento.

– Ruidos de ascensores en edificios de nueva construcción: la Ley de Ordenación de la Edificación obliga a las empresas que han intervenido en ella a responder de los daños ocasionados por vicios o defectos de las instalaciones y que sean causa del incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.

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