Por Javier Diaz Calero

Os envío mis comentarios respecto al artículo publicado en EL PAÍS el pasado día 12.

El título es el siguiente: “ La codicia de la banca por crecer propició la concesión de hipotecas a insolventes”, y está firmado por Iñigo de Barrón (tengo idea de que se trata de un colaborador de EL PULSO, Terminado el preámbulo ahora viene el comentario.

Se lee textualmente: ”No sólo los bancos y las cajas buscaban clientes, sino también otros intermediarios, como los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) y las sociedades financieras. Ambas fueron, habitualmente, más agresivas que las propias entidades y recolectaron una morosidad escandalosa”.

Y en otro párrafo: “En ocasiones, antes de terminar las viviendas, el representante de la entidad de ahorro conectaba con algún agente de la propiedad inmobiliaria, o una financiera, que tenía una cartera de posibles clientes y se cerraba el negocio. El agente de la propiedad inmobiliaria (API) traía 50 familias y la oficina bancaria había cerrado el negocio, un aparente gran negocio”.

Me parece un ataque injustificado a los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (probablemente complejos de resentimiento tendrá el articulista recalcando el título de API) y que denota profundo desconocimiento de la labor de los Agentes en la tramitación de las hipotecas. El Agente es un intermediario que, después de haber realizado su función, poner de acuerdo a vendedor y comprador, aporta los documentos de la compraventa solicitados por la entidad financiera, que es quién fija las condiciones, comprueba el cumplimiento de los requisitos por ella exigidos y decide o deniega la concesión del crédito. ¿Cómo es posible que un Agente sea más o menos agresivo?.

Los promotores de viviendas son los que han conectado con las entidades financieras y acordado las condiciones de préstamo para la construcción y, si procede, la subrogación. Es, por tanto, la entidad financiera la que determina la cuantía y condiciones del préstamo y acepta o no la solicitud de los clientes. El agente (a quién bien informado se le ocurre pensar que dispone de una cartera de 50 familias) no interviene en la fase final financiera de la compraventa, sino que, simplemente, expone al interesado el documento elaborado por el promotor y la caja o banco crediticia. Es obligatorio que la tasación del inmueble, a efectos hipotecarios, sea dictaminada por una entidad homologada por el Banco de España, no pudiendo ser realizada por los agentes. Aún más, el porcentaje concedido en relación al valor tasado depende exclusivamente del prestamista.

Por todo lo expuesto, estimo que se debería exigir una rectificación al periódico y a su colaborador.

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